Legislación

Ley 21/2014, de 4 de noviembre, por la que se modifica el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, y la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil. 

Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, regularizando, aclarando y armonizando las disposiciones legales vigentes sobre la materia. 

Ley 23/2006, de 7 de julio, por la que se modifica el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril. 

Real Decreto 624/2014, de 18 de julio, por el que se desarrolla el derecho de remuneración a los autores por los préstamos de sus obras realizados en determinados establecimientos accesibles al público.

Real Decreto-ley 12/2017, de 3 de julio, por el que se modifica el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, en cuanto al sistema de compensación equitativa por copia privada.

Ley 2/2019, de 1 de marzo, por la que se modifica el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, y por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español la Directiva 2014/26/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, y la Directiva (UE) 2017/1564 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de septiembre de 2017.

 

Propiedad intelectual y derechos de autor

 

           
Propiedad intelectual
           
Es el conjunto de derechos que atribuyen al autor la plena disposición y el derecho exclusivo de explotación de su obra (literaria, artística o científica), sin más limitaciones que las expresadas en la Ley.
           
Derechos de autor
         
-Derechos morales (atribución), que incluyen el reconocimiento de la autoría y el derecho a la integridad de la obra. Son irrenunciables e intransferibles. La forma más habitual de violación de este derecho es el plagio.
-Derechos patrimoniales (o de explotación), que pueden ser cedidos a terceros y de duración limitada en el tiempp. Incluyen la reproducción, distribución, comunicación pública y transformación.
           
Obras objeto de propiedad intelectual
           
Todas las creaciones originales literarias, artísticas o científicas expresadas por cualquier medio o soporte, tangible o intangible, actualmente conocido o que se invente en le futuro.
           
Obras excluidas del objeto de la propiedad intelectual
           
La ley expresamente excluye las disposiciones legales y reglamentarias y sus correspondientes proyectos, las resoluciones de órganos jurisdiccionales, actos, acuerdos, deliberaciones y dictámenes de organismos públicos y traducciones oficiales de los textos anteriores.
           
Registro de la Propiedad Intelectual
           
Es un organismo previsto en la 'Ley de Propiedad Intelectual' para la protección de los derechos de propiedad intelectual. La inscripción de una obra en este Registro tiene carácter voluntario.
           
Entidades de Gestión
           
Entidades previstas en la Ley de Propiedad Intelectual de carácter no lucrativo, para la gestión de derechos de propiedad intelectual de carácter patrimonial por cuenta y en interés de varios autores u otros titulares de derechos de propiedad intelectual. Requieren autorización del Ministerio de Cultura para ejercer dichas funciones.
           
Copyright
           
"El titular o cesionario en exclusiva de un derecho de explotación sobre una obra o producción protegidas por esta Ley podrá anteponer a su nombre el símbolo © con precisión del lugar y año de la divulgación de aquéllas" 
           
Copyleft
           
Movimiento alternativo de organización de la propiedad intelectual que se concreta en un modelo de protección jurídica que confieren determinadas licencias, que permiten usar, reproducir, redistribuir y/o modificar una obra, en función de unas condiciones que decide el propio autor, vinculado las obras resultantes a ser divulgadas bajo el mismo sistema. Copyleft "Algunos derechos reservados". Copyright: "Todos los derechos reservados".
           
Licencias Creative Commons
           
Texto legal para la protección y reconocimiento de derechos, en el que un autor determina las condiciones bajo las cuales cede algunos derechos sobre su creación - reproducción, distribución, transformación- a terceros. Se incluyen en el movimiento copyleft "Algunos derechos reservados”.
           
Open Access
           
Movimiento que fomenta la disponibilidad y el acceso libre y gratuito al conocimiento científico, sin renunciar a los derechos de autor. Acoge las publicaciones abiertas en Internet, permitiendo a los usuarios leer, descargar, copiar, distribuir, imprimir, buscar, o enlazar los textos completos, siempre que se respete la autoría. El autor mantiene el control sobre la integridad de su obra y el derecho a ser adecuadamente reconocido y citado. 
           
           

 

 

 

 

Enlaces de interés

Obras de dominio público

Obras huérfanas

Entidades de Gestión

  • AISGE (Artistas Intérpretes Sociedad de Gestión)
  • CEDRO (Centro Español de Derechos Reprográficos)
  • DAMA (Derechos de Autor de Medios Audiovisuales)
  • EGEDA (Entidad de Gestión de los Productores Audiovisuales)
  • SGAE (Sociedad General de Autores y Editores)
  • VEGAP (Visual de Gestión de Artistas Plásticos)

Licencias Creative Commons

Políticas editoriales

 

 

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